Políticas sobre el intercambio de tráfico (peering policies)

El intercambio de tráfico en NAP.EC se realiza bajo una de las siguientes modalidades:

  • MULTILATERAL OBLIGATORIO: cualquier participante que suscriba el acuerdo de adhesión debe intercambiar tráfico de manera obligatoria con todos los demás participantes que también lo hayan suscrito.

 

  • MULTILATERAL SELECTIVO: aquellos participantes que hayan suscrito acuerdos especiales con AEPROVI para conectarse a uno de los puntos de intercambio de tráfico, solo podrán intercambiar tráfico con aquellos participantes que manifiesten a AEPROVI su conformidad con las condiciones y por tanto su deseo expreso de intercambiar tráfico con aquella infraestructura.