¿Cómo participar en NAP.EC?

Los potenciales participantes de NAP.EC son organizaciones que cumplen alguno de los siguientes roles:  proveedores de acceso o tránsito a Internet, redes de entrega de contenido, redes de investigación o educativas, redes de servicio DNS (raíz, ccTLD o gTLD), otros puntos de intercambio de tráfico, etc.. En cualquier caso, existen requisitos mínimos y procedimientos obligatorios a seguir, los cuales se describen a continuación. 

 

REQUISITOS

Previo a conectarse por primera vez a cualquiera de los puntos de presencia, toda organización debe suscribir un acuerdo con AEPROVI.  Existen dos opciones para este acuerdo:

 

  1. Acuerdo multilateral para intercambio de tráfico a través de NAP.EC (AM) o Acuerdo de adhesión. Este es un acuerdo no negociable y sus términos establecen una política de intercambio de tráfico multilateral obligatorio entre los múltiples suscriptores de este acuerdo, además define parámetros de calidad mínima para los enlaces de conexión, costos y otros detalles relacionados con la operación.

    Para que una organización pueda suscribir el AM debe cumplir los siguientes requisitos mínimos:

    1. Tener legalmente asignados y utilizar recursos "públicos" en cuanto a número de sistema autónomo y direcciones IP.
    2. Estar autorizado para la explotación de servicios de Internet conforme a la legislación ecuatoriana vigente.

     

  2. Acuerdo negociado.  Los términos de este tipo de acuerdo están sujetos a evaluación, negociación y aprobación por parte de AEPROVI.  Entre los parámetros que serán evaluados están: pertinencia, personería jurídica de la organización en Ecuador y/o a nivel internacional, contribución a la estabilidad / resistencia a fallas / aseguramiento del internet ecuatoriano, cantidad de tráfico y ahorro de costos para los usuarios de internet en Ecuador.

    Para que una organización pueda suscribir un acuerdo negociado debe cumplir los siguientes requisitos mínimos:

    1. Tener legalmente asignados y utilizar recursos "públicos" en cuanto a número de sistema autónomo y direcciones IP.
    2. La administración del punto de intercambio de tráfico tiene apertura para negociar y suscribir acuerdos con términos diferentes al AM únicamente con organizaciones que administren: redes de entrega de contenido (CDN, Content Delivery Network), servidores raíz DNS (Domain Name System), servidores ccTLD (country code Top Level Domain), servidores gTLD (generic Top Level Domain), redes académicas, u otros puntos de intercambio de tráfico.

 

 

CONSULTAS

Las organizaciones interesadas en participar del intercambio de tráfico a través de NAP.EC pueden utilizar los siguientes recursos para solventar cualquier duda o consulta:

  1. Lectura de la información disponible en el portal de internet.  Es indispensable que los interesados den lectura y comprendan toda la información disponible en www.nap.ec, en especial lo correspondiente a los requisitos y las políticas que rigen al punto de intercambio de tráfico. 
  2. Contacto informal.  Los interesados que reúnan los requisitos mínimos pueden contactarse con la administración de NAP.EC para aclarar dudas que hayan quedado luego de la lectura anterior; para esto deberán llenar y enviar ESTE FORMULARIO.

 

FORMALIZAR LA SOLICITUD DE CONEXIÓN

Las organizaciones interesadas en suscribir el AM deberán cumplir el siguiente proceso a fin de participar "por primera vez" del intercambio de tráfico a través de NAP.EC (en cualquier punto de presencia):

  1. Envío de solicitud.  Luego de aclarada cualquier duda, la organización interesada deberá enviar de forma digital una solicitud formal de conexión a la dirección electrónica info [at] nap.ec con la siguiente documentación (los formatos se pueden descargar desde AQUÍ):
    • "Solicitud de conexión" suscrita por el representante legal utilizando firma electrónica.   
    • "Formulario para solicitar conexión a NAP.EC" suscrito por el representante legal utilizando firma electrónica.
    • Copia digital del nombramiento de representante legal.
    • Copia digital de la cédula de ciudadanía o pasaporte del representante legal.
    • Copia digital del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
    • Copia digital del permiso para la explotación de servicios de internet conforme a la legislación ecuatoriana vigente. 
  2. Factibilidad enlace de acceso.  Dentro de la solicitud de conexión, el potencial participante podrá solicitar una inspección para confirmar la factibilidad de instalar su enlace de acceso.  Debe tomar en cuenta que existen requerimientos de disponibilidad y capacidad mínimos exigidos por el AM para la conexión.
  3. Revisión. AEPROVI revisará la documentación recibida para garantizar que todos los temas administrativos y técnicos sean cumplidos correctamente.  Si todos los requisitos son cumplidos se continuará con el proceso, caso contrario se informará de los reparos al solicitante, quien deberá dar una solución y reiniciar el proceso.
  4. Suscripción de acuerdos. Si la documentación está completa y todos los requerimientos son cumplidos, AEPROVI remitirá los formatos de "Acuerdo multilateral para intercambio de tráfico a través de NAP.EC" y "Adenda a contrato para acceder a las redes de entrega de contenido" (si corresponde) a fin de que sean suscritos por el representante legal utilizando firma electrónica.
  5. Pago cargos iniciales.  Luego de contar con todos los documentos correctamente suscritos, AEPROVI emitirá una factura correspondiente a los cargos por puesta en marcha del servicio, la cual deberá ser cancelada antes de continuar con el proceso.
  6. Instalación enlace de acceso:  
    • El proveedor procederá a la instalación y pruebas de su enlace de acceso (existen requerimientos de disponibilidad y capacidad exigidos por el AM).
    • AEPROVI asignará los recursos necesarios en el equipamiento de NAP.EC.
    • AEPROVI en coordinación con el responsable técnico del participante procederá a configurar la sesión BGP (existen políticas de enrutamiento de cumplimiento obligatorio).
    • Si no se cumplen las condiciones de disponibilidad o capacidad del enlace, así como las políticas de enrutamiento, AEPROVI podrá suspender el proceso hasta que se solucionen los inconvenientes.
  7. Activación del servicio. Si todo funciona correctamente, se procederá a suscribir la respectiva "Acta de entrega del servicio".  
  8. Pago de la mensualidad. La mensualidad de los servicios será facturada a partir de la fecha de suscripción del "Acta de entrega del servicio".